Identificación del titular, identificación del emplazamiento conteniendo referencia catastral, descripción descriptiva y gráfica de la actividad, en su caso, descripción de las obras de adaptación del local, y justificante de haber realizado los pagos de las correspondientes tasas e impuestos.
La comunicación y documentación que deben adjuntar, se presentará por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Area de Servicios al Territorio
A petición del interesado / de oficio
Resolución de Alcaldía
Estimatorios
La resolución pone fin a la vía administrativa
Si la resolución de Alcaldía, concluyese que deberá quedar sin efectos la comunicación previa, y en su consecuencia, que no puede desarrollarse la actividad: el declarante-titular de la actividad, podrá interponer potestativamente, recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes, o recurso contencioso administrativo que podrá presentarse en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, y se indicará a dicho titular que, no obstante, podrá utilizar cualquier otro que estime conveniente a su derecho.
Sería recomendable recoger en una Ordenanza, lo relacionado con la tramitación de los expedientes, y establecer el régimen sancionador.
Departamentos y Órganos Intervinientes:
Plazo Máximo para Resolver y Notificar:
Fases de la Tramitación:
Actos que contiene cada Fase:
Modelos Normalizados: