Las licencias de parcelación tienen por objeto la división o subdivisión simultánea o sucesiva de terrenos o fincas en dos o más lotes, parcelas o fincas nuevas independientes.
Documentación a aportar por el interesado en Licencias de Parcelación Urbana:
Documentación a aportar por el interesado en Licencias de Parcelación Rústica:
Por cualquiera de los medios del art.38.4 LRJAP y PAC.
Pago de la Tasa por expedición de Licencia de Parcelación, con carácter previo a la presentación de la solicitud en la Oficina de Servicio de Atención al Ciudadano (Registro General del Ayuntamiento)
Area de Servicios al Territorio
A petición del interesado
Cumplimiento de la normativa urbanística.
Resolución de Alcaldía
Estimatorios
La resolución pone fin a la vía administrativa
Contra la resolución, el interesado, podrá interponer potestativamente, recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes, o recurso contencioso administrativo que podrá presentarse en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, señalándole que, no obstante, podrá interponer cualquier otro que estime conveniente a su derecho.
Departamentos y Órganos Intervinientes:
Plazo Máximo para Resolver y Notificar:
Fases de la Tramitación:
Actos que contiene cada Fase:
Modelos Normalizados: