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Licencias de Parcelación

Licencias de Parcelación

Urbanismo y Obras
Descripción

Las licencias de parcelación tienen por objeto la división o subdivisión simultánea o sucesiva de terrenos o fincas en dos o más lotes, parcelas o fincas nuevas independientes.

¿Quién lo puede solicitar?
  • Solicitante: El promotor de la parcelación.
  • Destinatario: El solicitante.

Documentación a aportar

Documentación a aportar por el interesado en Licencias de Parcelación Urbana:

  • Identificación del solicitante, titularidad y referencia catastral de la parcela.
  • Justificación de las condiciones urbanísticas de las fincas resultantes (incluidas edificaciones), de la zona donde se encuentra situado el inmueble (plano).
  • Plano de la parcela, justificando la geometría de las parcelas resultantes y situando las edificaciones existentes, si las hubiere.
  • Acreditación del pago de la Tasa por expedición de Licencias de Parcelación.

Documentación a aportar por el interesado en Licencias de Parcelación Rústica:

  • Identificación del solicitante, titularidad y referencia catastral de la parcela.
  • Plano de la parcela, justificando la geometría de las parcelas resultantes y situando las edificaciones existentes, si las hubiere.
  • Acreditación del pago de la Tasa por expedición de Licencias de Parcelación.

Medios de contacto
  • Presencial: Dependencias Municipales en Plaza España nº 1, Oficina Municipal de Servicio de Atención al Ciudadano (SAC), Planta Baja del Ayuntamiento de Tomelloso
  • Telefónico: 926 52 88 01 Ext 1210
  • Fax: 926 51 27 94
  • Correo electrónico: obras@aytotomelloso.es
  • Internet: https://tomelloso.es/sede
Lugar de entrega

Por cualquiera de los medios del art.38.4 LRJAP y PAC.

Precio y forma de pago

Pago de la Tasa por expedición de Licencia de Parcelación, con carácter previo a la presentación de la solicitud en la Oficina de Servicio de Atención al Ciudadano (Registro General del Ayuntamiento)

Normativa
  • Decreto 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.
  • Ley 30/1992, de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Real Decreto Legislativo 2/2008 de 20 Junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo.
  • Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de Mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
  • Decreto 34/2011, de 26 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística del Texto Refundido de la LOTAU.
  • Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por expedición de documentos administrativos
  • Normativa urbanística municipal aplicable.

¿Quién tramita la solicitud?

Area de Servicios al Territorio

Forma de iniciación

A petición del interesado

Requisitos

Cumplimiento de la normativa urbanística.

Organismo resolutor

Resolución de Alcaldía

Efectos del silencio administrativo

Estimatorios

Fin de la vía administrativa

La resolución pone fin a la vía administrativa

Recursos

Contra la resolución, el interesado, podrá interponer potestativamente, recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes, o recurso contencioso administrativo que podrá presentarse en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, señalándole que, no obstante, podrá interponer cualquier otro que estime conveniente a su derecho.

Observaciones
Más información

Departamentos y Órganos Intervinientes:

  • Servicio de Atención al Ciudadano (Registro General del Ayuntamiento)
  • Servicios al Territorio (Urbanismo, Obras e Infraestructura / Administración)
  • Alcaldía
  • Secretaría

Plazo Máximo para Resolver y Notificar:

  • La resolución sobre la solicitud deberá notificarse al interesado dentro del plazo máximo de tramitación que sea de aplicación en cada caso, que deberá ser determinado en las Ordenanzas municipales, sin que en ningún caso pueda ser superior a dos meses. En defecto de previsión expresa en las correspondientes Ordenanzas Municipales, regirá este último (art. 34.2 RDU).

Fases de la Tramitación:

  • Iniciación
  • Instrucción
  • Autorización por Resolución de Alcaldía.

Actos que contiene cada Fase:

  • Solicitud acompañada de la documentación correspondiente
  • Pago de la Tasa por expedición de Licencia de Parcelación
  • Informe Técnico
  • Informe Jurídico
  • Traslado a administraciones afectadas en su caso
  • Resolución
  • Notificación

Modelos Normalizados:

  • Solicitud de licencia de parcelación urbana
  • Solicitud de licencia de parcelación rústica

Publicado el
25/7/2024
12/6/2020
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