Tiene por objeto atender las demandas directas de la población o instituciones, con el fin de darles a conocer los servicios y prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales u otros sistemas de protección social cuando estén en relación con las situaciones de necesidad, autonomía e integración social. Así mismo tiene por objeto realizar una primera orientación sobre dichas demandas para encauzarlas adecuadamente.
Toda persona a través de su profesional de referencia en los Servicios Sociales de Atención Primaria tiene garantizada de forma gratuita esta prestación.
Tiene por objeto evaluar la situación de necesidad social de la persona o unidad familiar en el caso de que se requiera. Para ello se realizará un diagnóstico social que permita la prescripción de las prestaciones y atenciones más adecuadas con el fin de mejorar o superar dicha situación, y que deberá concretarse en el Plan de Atención Social.
Asimismo se acompañará a la persona, a través de su profesional de referencia, a lo largo del itinerario de intervención tanto de los Servicios Sociales de Atención Primaria, como de los de Atención Especializada, con el objeto de promover la consecución de los objetivos marcados en el plan.
Toda persona que haya accedido al Sistema Público de Servicios Sociales tendrá garantizada de forma gratuita esta prestación si se establece así en la prestación de Información y Orientación.
La necesaria para valorar la demanda planteada.
Lugares y Medios de Inicio:
Ley de Servicios Sociales de Castilla La Mancha 14/2010
Departamento de Bienestar Social
A petición del interesado / de oficio
Personas o familias con necesidad de información en el acceso a los recursos sociales
Departamento de Bienestar Social
Desestimatorios
La resolución pone fin a la vía administrativa