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Solicitud de Exención del IVTM para años sucesivos por Discapacidad

Solicitud de Exención del IVTM para años sucesivos por Discapacidad

Gestión Tributaria y Patrimonio
Descripción

Procedimiento por el cual los/as discapacitados/as pueden acogerse a la exención en el IVTM.

¿Quién lo puede solicitar?

Los sujetos pasivos que acrediten ser discapacitados/as y respecto a uno solo de los vehículos que figuren a su nombre

Documentación a aportar
  • Instancia debidamente cumplimentada.
  • Fotocopia del D.N.I.
  • Fotocopia del Permiso de Circulación del Vehículo.
  • Fotocopia de la Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos ( Ficha Técnica ) con ITV EN VIGOR.
  • Resolución o certificado expedido por el IMSERSO u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • Medios de contacto
    • Presencial: Dependencias Municipales en Plaza España 1, Departamento de Gestión Tributaria y Patrimonio, Planta Baja del Ayuntamiento de Tomelloso
    • Telefónico: 926 52 88 01 Ext 1170
    • Fax: 926 51 27 94
    • Correo electrónico: rentas@aytotomelloso.es
    • Internet: https://tomelloso.es/sede
    Lugar de entrega

    Los sujetos pasivos de ésta exención deberán solicitarla por escrito en el Registro del Ayuntamiento de Tomelloso durante el ejercicio anterior al que surta efecto (Servicio de Atención al Ciudadano SAC Planta Baja del Ayuntamiento)

    Precio y forma de pago

    Normativa
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Real Decreto 2/2004. Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales.
    • Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Departamento de Gestión Tributaria y Patrimonio

    Forma de iniciación

    A petición del interesado

    Requisitos
    • Ser titular de vehículo a su nombre.
    • Tener la condición de discapacitado/a en grado igual o superior al 33%.

    Organismo resolutor

    Resolución de Alcaldía

    Efectos del silencio administrativo

    Desestimatorios

    Fin de la vía administrativa

    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Recursos

    Recurso previo de Reposición.

    Observaciones

    Más información
    • Departamentos y Órganos Intervinientes:
      • Gestión Tributaria y Patrimonio
      • Alcaldía
    • Plazo Máximo para Resolver y Notificar:
      • 6 meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el Registro del Ayuntamiento.
    • Fases de la Tramitación:
      • Recepción de la solicitud en el Registro de Entrada.
      • Remisión al Departamento de Gestión Tributaria y Patrimonio para su revisión.
      • Remisión a la Alcaldía presidencia para su resolución.
    • Actos que contiene cada Fase:
      • La tramitación de estas solicitudes incluye dos fases:
        • Una primera fase en la cual el Departamento de Gestión Tributaria verifica la documentación presentada,
        • Y una segunda fase en la que se da traslado a la Alcaldía de dicha documentación, con las observaciones que procedan después de su revisión, a efectos de dictar resolución sobre lo solicitado.
    • Modelos Normalizados:
      • Solicitud Exencion IVTM por discapacidad
    Publicado el
    9/10/2024
    30/4/2018
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